La Resolución 13/2026 había fijado inicialmente para el Chaco un límite subsidiable de 150 kWh en noviembre, marzo y abril, de 550 kWh en diciembre, enero y febrero, y de 300 kWh en mayo, junio, julio y agosto. Posteriormente, la Resolución 272/2026 elevó de manera transitoria el bloque de octubre de 2026 a 200 kWh para todas las regiones. Con la Resolución 300/2026, el Gobierno reorganizó esos límites en dos períodos estacionales para las zonas muy cálidas, en función de la mayor demanda eléctrica asociada con las altas temperaturas.
La nueva resolución entró en vigencia este martes, fecha de su publicación en el Boletín Oficial. No obstante, para los hogares chaqueños el primer mes comprendido en el bloque de 500 kWh será noviembre. La norma sustituye el anexo de la Resolución 13/2026 que regula los consumos diferenciales según la clasificación bioambiental.
Quiénes pueden recibir el subsidio
El sistema SEF no incorpora automáticamente a todas las viviendas por el solo hecho de estar ubicadas en el Chaco. Para recibir la asistencia, los hogares deben cumplir las condiciones socioeconómicas previstas por Nación, que incluyen como criterio general ingresos netos conjuntos inferiores a tres canastas básicas totales para un hogar tipo 2, según el INDEC. El régimen también contempla situaciones particulares vinculadas con certificados de vivienda del ReNaBaP, pensiones de veteranos de Malvinas y certificados de discapacidad, con las evaluaciones correspondientes.
Las personas que ya estaban registradas en el anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) no necesitan volver a anotarse únicamente por el cambio de sistema: sus datos se incorporan al Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). De todos modos, conviene revisar que la información sobre ingresos, integrantes del hogar y titularidad del servicio esté actualizada.
Cómo consultar si el beneficio está activo
La situación del hogar puede verificarse en el portal oficial de Subsidios Energéticos Focalizados. Allí también están disponibles las opciones de inscripción, consulta, actualización de información y solicitud de revisión. Para completar los trámites se recomienda tener a mano el DNI, los CUIL de los integrantes mayores de edad, un correo electrónico y una factura del servicio eléctrico con el número de cliente y de medidor.
El nuevo esquema quedó establecido por la Resolución 300/2026 de la Secretaría de Energía. Su marco legal se completa con el Decreto 943/2025, la Resolución 13/2026 y la Resolución 272/2026, que fijó el consumo base de octubre.