*Si una persona es “políticamente expuesta” (PEP), y más todavía si trabaja para el gobierno, siempre se la debe evaluar como pasible de un mayor “riesgo”.
*Otro factor a evaluar está relacionado con el mercado: hay operaciones usuales, inusuales, o sospechosas. Aunque se trate de un rango subjetivo hay referencias que son habituales. Por ejemplo, en el mercado porteño es común que las operaciones se hagan en efectivo, pero no es habitual que si un inmueble se vende a 230.000 dólares los vendedores acepten sólo 30.000 y el resto a un año sin interés. De mínima, dicen los especialistas, es una operación inusual. La escribana/o podría citar al vendedor, quien quizá tenga alguna explicación (por caso, podría tratarse de una propiedad para un sobrino único heredero), pero si es más difícil de explicar la escribanía debería juntar más información. Y si lla operación se concreta debería denunciar, eventualmente una operación sospechosa ante la UIF.
Expertos en el tema explicaron a Página/12 que las compras e inmuebles con pagos de tan poco porcentaje son una maniobra común de lavado de dinero que, sin no es advertida, se licúa en unos años. El factor de una posible triangulación colaboraría con esa hipótesis como para desdibujar responsabilidades. Pero para un escribano/a deberían todos estas deberían ser consideradas “alertas”.
La resolución 242 dice que los escribanos tienen que calificar a los clientes con criterios de riesgo: bajo, medio o alto. Eso será de acuerdo a su perfil, a lo que quiera comprar y en qué condiciones. A Nechevenko le preguntaron en Infobae cuántas operaciones inmobiliarias había hecho Adorni con ella en los años largos que llevan de vínculo, dijo que las últimas fueron las primeras. “Se le dio ahora”, fue la explicación. Pero ese dato de por sí debería alterar el perfil del cliente y hacer que la escribanía pida el origen de los fondos. No sería lo que sucedió en el caso de Adorni respecto de la compra del inmueble de la calle Miró al 500. La fiscalía tendrá que analizar los documentos.